derecho de patronato - significado y definición. Qué es derecho de patronato
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Qué (quién) es derecho de patronato - definición

Patronato de Indias; Derecho de patronato; Derecho de Patronato; Patronato real; Real Patronato; Real Patronato indiano; Patronato Regio; Real Patronato Indiano
  • Catedral de Santo Domingo
  • virrey]] y el [[arzobispo de México]], respectivamente, de hinojos ante la Virgen María
Resultados encontrados: 72407
derecho de patronato         
term. comp.
Privilegios y facultades del patrono, según el estatuto de fundación y principalmente el poder o facultad de presentar personas para los beneficios y capellanías vacantes.
patronato real         
term. comp.
Derecho que tenía el rey de presentar sujetos idóneos para los obispados, prelacías seculares y regulares, dignidades y prebendas en las catedrales o colegiatas, y otros beneficios.
Patronato regio         
El patronato regioDiccionario panhispánico de español jurídico, 2020 consistió en el conjunto de privilegios y facultades especiales que los papas concedieron a los reyes de distintas monarquías europeas del Antiguo Régimen y que les permitían, al principio, ser oídos antes de una decisión papal o elegir directamente en sustitución de las autoridades eclesiásticas, a determinadas personas que fueran a ocupar cargos vinculados a la Iglesia católica (derecho de patronato).
patronato         
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Patronato (desambiguacion); Patronato (desambiguación)
sust. masc.
1) Derecho, poder o facultad que tienen el patrono o patronos.
2) Corporación que forman los patronos.
3) Fundación de una obra pía o benéfica.
4) Cargo de cumplir algunas obras pías o benéficas, que tienen las personas designadas por el fundador.
5) Consejo formado por varias personas, que ejercen funciones rectoras, asesoras o de vigilancia en una fundación, instituto, etc, para que cumpla debidamente sus fines.
patronato         
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Patronato (desambiguacion); Patronato (desambiguación)
Derecho.
Conjunto de personas que aconsejan y supervisan las actividades de una universidad, fundación o instituto, para asegurar que cumplen los fines establecidos.
patronato         
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Patronato (desambiguacion); Patronato (desambiguación)
Sinónimos
sustantivo
Antónimos
sustantivo
desamparo: desamparo, desarrimo
Patronato         
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Patronato (desambiguacion); Patronato (desambiguación)
El término patronato puede referirse:
patronato         
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Patronato (desambiguacion); Patronato (desambiguación)
patronato (del lat. "patronatus")
1 m. Protección ejercida por alguien con poder o autoridad sobre una cosa. Patrocinio, patronazgo. Funciones ejercidas por un patrono.
2 *Consejo formado por cierto número de personas, a cuyo cuidado está una fundación u obra benéfica: "El patronato del colegio de huérfanos". La misma *fundación u obra.
Patronato real. Derecho que tenía el rey de presentar las personas para los obispados y otras dignidades eclesiásticas.
Club Atlético Patronato de la Juventud Católica         
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  • Equipo de Patronato campeón del Torneo Regional 1978, clasificando al Torneo Nacional de Primera División de ese año. Parados: Ibarra, Zeballos, Vicente, Lell, Sosa y Ríos. Agachados: Brunengo, Solanas, Pesoa, Díaz y Escobar.
  • Equipo de Patronato campeón del Torneo Argentino B 2007/2008. Parados: Andrade, González, Muller, Graciani, Zubinikar y Bertoli. Agachados: Valverde, Prono, Gastaldi, Díaz y Bianchini.
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Club Atletico Patronato de la Juventud Catolica; Patronato de Paraná; Patronato de Parana; Club Atletico Patronato de la Juventud Católica; Club Atlético Patronato de la Juventud Catolica; Club Atlético Patronato; Patronato de la Juventud Católica; Patronato de Entre Ríos
|Propietario = 2.200 socios
Derecho germánico         
Se denomina derecho germánico al conjunto de normas por las que se regían los pueblos germánicos que invadieron el imperio romano de occidente.

Wikipedia

Patronato regio

El patronato regio[1]​ consistió en el conjunto de privilegios y facultades especiales que los papas concedieron a los reyes de distintas monarquías europeas del Antiguo Régimen y que les permitían, al principio, ser oídos antes de una decisión papal o elegir directamente en sustitución de las autoridades eclesiásticas, a determinadas personas que fueran a ocupar cargos vinculados a la Iglesia católica (derecho de patronato).

Más tarde, los monarcas lograron el ejercicio de todas o la mayoría de facultades atribuidas a la Iglesia en el gobierno de los fieles, convirtiéndose, de hecho y de derecho, en la máxima autoridad eclesiástica en los territorios bajo su dominio (patronato regio stricto sensu).

El más importante históricamente es el que se concedió entre 1508-1523 a los reyes de España o de la Monarquía Hispánica; pero ya en 1516 se habían concedido privilegios semejantes al rey de Francia (por el papa León X) y antes aún al rey de Portugal (el Padroado por la bula Dudum cupientes del papa Julio II, en 1506); ahora bien, estas prerrogativas «se extendían solo a obispados y beneficios consistoriales».[2]

¿Qué es derecho de patronato? - significado y definición